Desarrolla un fragmento de la denominada Vía Augusta,
la espina dorsal norte-sur del territorio valenciano en época romana. Fue la
única del país con un sistema de milliarios, los cuales están a su vez
documentados y existen restos de los mismos en distintos ayuntamientos y
museos. No tenemos ninguno de ellos en el ámbito de este Plan Director.
Su trazado es rectilíneo, se dirige a la cima de la
Balaguera como hito referencial, atravesando el centro del Pla del Arc. El
solado de la vía no coincide exactamente con la cota actual del camino, pero
según las excavaciones realizadas no difiere en exceso. Su descripción,
itinerario y particularidades esta detallada en la publicación “Les Vies
Romanes del Territorio Valencia” de F Arasa y V M Rosselló València 1995.
El arco de Cabanes
Es una construcción desnuda de piedra caliza tallada en
sillares, trabajada en sus basas e impostas, con el sistema completo de dovelas
y en buen estado, a lo que hay que añadir unos fragmentos del propio arco
existentes a unos centenares de metros; sillares que han sido vaciados y usados
como abrevadero de ganado, mas otro grupo de sillares, con parte tallada de
cornisa, insertos en una casa de la Calle Nueva de Cabanes.
El arco está situado en paralelo al trazado de la vía romana,
forma parte de las instalaciones romanas al borde del camino, y si bien su
origen no ofrece dudas respecto a esta vinculación histórica, su razón de ser
es mas enigmática, sin una teoría cierta defendida por los arqueólogos o
historiadores. Se trata de un arco bien documentado iconográficamente a lo
largo del tiempo y sobre el que se han desarrollado varias campañas
arqueológicas
Inserción geográfica y paisajística
La Vía romana se desarrolla de norte a sur y a lo largo Pla
del Arc, sobre un territorio en ligero desnivel, vertiendo aguas al barranco
del Rabaxol que corre parejo a la Vía. Constituye
en su mayor parte el linde entre los Términos de Cabanes y La Vall d´Alba. El
ámbito geográfico es una zona de planicie agraria donde encontramos antiguas “cenias”,
hoy en desuso, que proporcionan un particular parcelario ajustado a los ejes de
coordenadas de la antigua vía romana en la zona este, en término de Cabanes, muy
distinto del parcelario de secano de las partes altas.
El ámbito del Plan alcanza por el sur el trazado de la carretera CV-150,
que atraviesa la Vía romana. La carretera CS-V-8002 conduce desde Cabanes al Arco
y continúa hasta la Vall d´Alba, es una carretera con cierto interés
paisajístico, arbolada con alineaciones de pinos, que se transforman en álamos
a medida que nos acercamos a las zonas inundables del barranco.
Existe un sistema muy estructurado de caminos rurales con
particularidades marcadas. Al oeste, caminos ajustados a la topografía. Al
este, caminos ortogonales, coincidentes con cuadras de abancalamientos. Hay que
destacar el Camí de la Ratlla, un camino que separa los términos de Cabanes y
Vall d´Alba tras el arco y hacia el Sur; un camino que en la actualidad ha
sufrido una desmesurada ampliación por las obras de una urbanización no
autorizada.
El territorio es un damero parcelario muy geometrizado, de
límites definidos por márgenes o pedreras, con uso agrario consolidado y en su
mayor parte en activo, con pequeñas granjas rurales y restos de antiguas cenias.
Entendemos el paisaje como el resultado de las particulares
relaciones entre cultura y naturaleza en un determinado momento de la historia,
que en este caso incluye la acumulación de huellas que ha ido dejando el
tiempo. Los elementos paisajísticos a considerar en este caso se centran en la orografía,
parcelación y cultivo, los trazados viarios, líneas de infraestructura o de comunicación
y arquitecturas existentes
Entre los distintos tipos de paisaje podemos distinguir:
- Paisaje
agrario de secano situado en el lado este, de geometría ortogonal perpendicular
al camino romano, dimensiones estrechas y alargadas al sur, con antiguas
huertas de “cenias” hoy arruinado. Campos más amplios hacia el norte, separados
por márgenes y pedreras. Campos de cultivos leñosos mediterráneos, Paisaje de
gran uniformidad, suavidad topográfica y fragilidad visual
- Paisaje
agrario de secano situado en el lado oeste, sobre un parcelario de formas
irregulares y dimensiones mas amplias, separados en terrazas por márgenes de
piedra en seco, Campos de cultivos leñosos mediterráneos
- Paisaje
boscoso en las colinas circundantes, con aterrazamientos ocasionales en alguna
de las laderas para cultivos leñosos similares a los anteriormente descritos.
- Paisaje
urbano industrial con grandes volúmenes construidos de manera desordenada, sin
una estructura lógica formal y sin control sobre el impacto ambiental que
producen
Objetivos del Plan Especial
Definición de las áreas de afección. Especificación de los
diferentes tipos de suelo y establecimiento de los regímenes jurídicos
correspondientes a cada clase y categoría de suelo. Definición de bienes
patrimoniales con interés cultural, paisajístico, arqueológico o etnológico
Tiene las siguientes
características:
A.- Es una ordenación integral.
B.- Se ajusta a lo establecido en los “Estudios Previos del
Plan Director del Entorno Paisajístico del Arco de Cabanes y la Vía Romana".
C.- Es inmediatamente ejecutivo.
D.- Es la figura de planeamiento idónea para regular el
suelo dentro del marco de la Ley.
Consta de los documentos: 1.- Memoria informativa. 2.-
Memoria Descriptiva y Justificativa. 3.- Normas Urbanísticas. 4.- Catálogo de
Bienes Protegidos. 5.- Planos.
El Plan pretende articular un modelo de desarrollo cuyas
directrices se pueden sintetizar en los siguientes objetivos:
- Valoración y recuperación arqueológica del trazado de la Vía Romana
- Salvaguarda de los valores naturales y acuíferos del
municipio.
- Conservación y valoración del patrimonio cultural entorno
a la Vía Augusta. Incidiendo en el paisaje rural como marco donde discurre la Vía,
en el Arco y en los restos arqueológicos.
Procurando una adecuada percepción de la Vía y del Monumento
- Definición y localización del patrimonio rural, su
tipología de asentamiento y las características morfológicas básicas de su arquitectura autóctona.
- Limitación de la ocupación del suelo a los ámbitos
razonablemente adecuados, tanto para suelo rural,
como urbanizable, configurando un modelo de gestión ágil y sencilla, adaptado a
la capacidad municipal y a los
intereses de conservación del patrimonio cultural. Definiendo zonas aptas para usos agrícolas y
ganaderos, potenciando la ocupación de las masías
vivienda o factoría agraria, o potenciándolas como escenario de turismo rural.